Incentivos
y medidas fiscales
existentes en España para el fomento
de las energías renovables
Proyecto
RES
& RUE Dissemination
ÍNDICE
1.
INTRODUCCIÓN
2. EL RÉGIMEN ESPECIAL DE PRODUCCIÓN DE ELECTRICIDAD
3. MEDIDAS
FISCALES
4.
AYUDAS PÚBLICAS, SUBVENCIONES Y OTROS INCENTIVOS
4.2. Línea de financiación
ICO-IDAE para proyectos de energías renovables y eficiencia energética
4.5. Otros
incentivos: los certificados R.E.C.S.
ARRIBA
Actualmente, el sector de la producción de energía en España
está regulado por la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 2818/1998,
que lo desarrolla. Esta Ley es la trasposición al ordenamiento interno español
de la Directiva 96/92/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre,
sobre normas comunes para el mercado interior de electricidad y es la norma que
regula las bases para el mercado liberalizado de energía y permite que los productores
de electricidad procedente de fuentes de renovables de energía tengan garantizado
el acceso a la red y que las condiciones técnicas y económicas entre productores
y distribuidores estén claramente definidas.
La Ley 54/1997 considera
como uno de sus objetivos el desarrollo de las energías renovables y en ella
se estableció el compromiso de elaborar un Plan de Fomento de las Energías Renovables,
que fue aprobado en Consejo de Ministros el 30 de diciembre de 1999. En este
Plan se adopta como objetivo el alcanzar, por cada una de las áreas de energías
renovables, un desarrollo para cubrir, en su conjunto, al menos el 12% del consumo
de energía primaria en el año 2010.
El Plan de Fomento
de las Energías Renovables reconoce que, a pesar del inmenso potencial existente
para las energías renovables, es necesario impulsar su desarrollo por medio
de incentivos de tipo económico, fiscal y normativo para alcanzar esos objetivos.
El capítulo 7 del Plan está dedicado a proponer una serie de medidas con esa
finalidad, pero no todas ellas han sido desarrolladas.
En este apartado se
exponen las ayudas públicas y subvenciones aplicables a la utilización de fuentes
de energía renovable que existen actualmente en España.
ARRIBA
El Real Decreto 2818/98, de 23 de diciembre, de desarrollo
de la Ley 54/1997, sobre producción de energía eléctrica por instalaciones abastecidas
por recursos o fuentes de energía renovables, residuos y cogeneración desarrolla
en España el régimen especial de producción de energía eléctrica, que tiene como
finalidad alcanzar los objetivos de mejora de la eficiencia energética, la reducción
del consumo de energía y protección del medio ambiente. Para ello, respecto a
las fuentes renovables, determina una prima para las instalaciones de producción
de energía eléctrica con una potencia instalada de inferior o igual a 50 MW. El
incentivo establecido no tiene límite temporal debido a que se hace necesario
internalizar sus beneficios ambientales y a que, por sus especiales características
y nivel tecnológico, sus mayores costes no les permite la competencia en un mercado
libre.
Las instalaciones de producción de electricidad
que utilizan como fuente de energía primaria las energías renovables que se
tratan en este documento y que pueden acogerse al régimen especial son las siguientes
[1] :
- Instalaciones que únicamente utilicen como energía primaria
energía solar.
- Instalaciones que únicamente utilicen como energía primaria
energía eólica.
- Centrales hidroeléctricas cuya potencia no sea superior
a 10 MW.
- Centrales hidroeléctricas con potencia mayor de 10 MW
y menor de 50 MW.
- Centrales que utilicen como combustible principal biomasa
primaria, entendiendo como tal el conjunto de vegetales de crecimiento menor
de un año, que pueden utilizarse directamente o tras un proceso de transformación,
para producir energía (recursos naturales y plantaciones energéticas). Se
entenderá como combustible principal aquel que suponga como mínimo el 90 por
100 de la energía primaria utilizada, medida por el poder calorífico inferior.
- Centrales que utilicen como combustible principal biomasa
secundaria, entendiendo como tal el conjunto de residuos de una primera utilización
de la biomasa, principalmente estiércoles, lodos procedentes de la depuración
de aguas residuales, residuos agrícolas, forestales, biocombustibles y biogás.
Se entenderá como combustible principal aquel que suponga como mínimo el 90
por 100 de la energía primaria utilizada, medida por el poder calorífico inferior.
- Centrales que utilicen como combustible biomasa primaria
o secundaria junto con combustibles convencionales, siempre que éstos no supongan
más del 50 por 100 de la energía primaria utilizada, medida por el poder calorífico
inferior.
- Centrales mixtas que utilicen como energía primaria
más de uno de los grupos expuestos en el apartado b del artículo 2 del RD
2818/1998.
El RD 2818/1998 establece una prima para cada uno de estos
tipos de instalaciones. Las primas deben ser actualizadas anualmente por el Ministerio
de Industria y Energía en función de una serie de parámetros y revisadas cada
cuatro años. En concreto, en el año 2003 se ha aplicado la primera revisión de
primas y precios, en función de la evolución del precio del mercado, la participación
de estas instalaciones en la cobertura de la demanda y su incidencia sobre la
gestión técnica del sistema.
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La normativa vigente del impuesto sobre sociedades establece
una deducción del 10% para las actividades destinadas a la protección del medio
ambiente. En base a ello, las inversiones realizadas en bienes del activo material
nuevos destinadas al aprovechamiento de fuentes de energía renovable, por su contribución
a la disminución de las emisiones contaminantes, tienen derecho a una deducción
de la cuota íntegra del 10 por 100 del importe de las mismas, gracias a la modificación
que introduce la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas
y de Orden Social, a la Ley 43/1995, del Impuesto de Sociedades. Esta
deducción sólo es aplicable al aprovechamiento de fuentes de energías renovables
consistentes en instalaciones y equipos con las finalidades siguientes entre las
que se tratan en este documento:
- Aprovechamiento de la energía proveniente del sol para
su transformación en calor y electricidad;
- Aprovechamiento como combustible de biomasa procedente
de residuos de industrias agrícolas y forestales y de cultivos energéticos
para su transformación en gas o electricidad.
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A través del Programa Nacional de Energía, incluido dentro
del Programa de Fomento de la Investigación Técnica 2000-2003 (PROFIT), el Ministerio
de Ciencia y Tecnología concede ayudas a proyectos o actuaciones que contribuyan
a los objetivos de reducir el impacto ambiental de la generación de energía mediante
el desarrollo de sistemas más eficientes y menos contaminantes. En
la última convocatoria abierta, los proyectos presentados debían responder a las
siguientes modalidades:
a) Proyectos de investigación industrial.
b) Estudios de viabilidad técnica
previos a actividades de investigación industrial.
c) Proyectos de desarrollo
precompetitivo.
d) Proyectos de demostración
tecnológica.
e) Acciones favorecedoras
de la participación en los programas EUREKA, IBEROEKA, Programa Marco de la
Comunidad Europea para acciones de investigación, demostración y desarrollo
tecnológicos, y otros programas internacionales de cooperación en investigación
científica y desarrollo tecnológico.
Las
categorías en la que se pueden englobar proyectos relacionados con las fuentes
de energías renovables tratados en este documento, son las siguientes:
- Acción estratégica sobre sistemas energéticos más eficientes
y menos contaminantes (eólica, solar térmica, solar fotovoltaica, biomasa)
- Otras actuaciones, como la integración de las energías
renovables.
Pueden optar a estas ayudas empresas,
agrupaciones y asociaciones de empresas, organismos públicos de investigación,
centros privados de investigación y desarrollo sin ánimo de lucro, entidades
de Derecho Público y centros tecnológicos.
Puede obtenerse más información sobre
esta y las siguientes convocatorias del Programa en la página web del Ministerio
de Ciencia y Tecnología (www.mcyt.es).
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La línea de financiación ICO-IDAE facilita préstamos para proyectos
de inversión en energías renovables y eficiencia energética que lleven a cabo
las empresas españolas. Pueden optar a esta financiación los proyectos de inversión
en activos fijos nuevos destinados al aprovechamiento de las fuentes de energía
renovables, entre las que se encuentra la aplicación térmica de la biomasa en
edificios, o a la mejora de la eficiencia energética, así como las instalaciones
y equipos y los gastos necesarios para su puesta en marcha (ingeniería, seguros,
transporte, etc.). El importe máximo financiable es del 70% del proyecto de inversión
neto.
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El Plan de Fomento de las Energías Renovables prevé, entre
otras medidas, la disposición de fondos públicos para la financiación de determinadas
ayudas, entre las que se encuentran las “subvenciones a la inversión de equipos
de captación o transformación de las energías renovales”. En base a ello, el IDAE
tiene un programa de ayudas a la energía solar térmica a baja temperatura y otro
para el apoyo a la energía solar fotovoltaica, que se convocan con carácter anual
por el Consejo de Ministros. En la Línea Solar Térmica,
los proyectos subvencionables se extienden a todas las inversiones en inversiones
en instalaciones de aprovechamiento térmico, entre los cuales se consideran, sin
carácter limitativo, las siguientes:
- Aplicaciones para Agua Caliente Sanitaria (ACS);
- Climatización de piscinas,
- Aplicaciones para calefacción y climatización;
En cuanto a la Línea Solar Fotovoltaica, los proyectos subvencionables
son todas las inversiones en instalaciones de aprovechamiento de la energía
solar para la generación de electricidad, con una potencia del campo de módulos
entre 100 Wp y 100 KWp, entre los que se consideran, con carácter enunciativo
y no limitativo las siguientes:
- Instalaciones conectadas a red.
- Instalaciones aisladas con y sin acumulación.
- Instalaciones especiales.
Los beneficiarios de las
ayudas pueden ser personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública,
agrupaciones de empresas, entidades sin ánimo de lucro y corporaciones locales.
Las instalaciones deben ser ejecutadas por una empresa acreditada por el IDAE.
La última convocatoria de estas ayudas fue la del año 2002,
cuyas bases reguladoras se probaron mediante Resolución General del IDAE de fecha
12 de marzo de 2002, publicado en el BOE de 27 de marzo de 2002.
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Además de las ayudas de ámbito estatal, todas las Comunidades
Autónomas otorgan subvenciones para la promoción de las energías renovables.
Cada Comunidad Autónoma publica cada año o cada dos años una serie de ayudas
para instalaciones de energías renovables, entre las que normalmente se incluye
la aplicación térmica de la biomasa y, en concreto, su aplicación en edificios.
La cuantía de estas ayudas varía según la zona dentro del intervalo del 10 al
40 % de la inversión.
En algunas Comunidades Autónomas la importancia de las aplicaciones térmicas
de la biomasa ha llevado al desarrollo de programas específicos de actuación
para la promoción de estas instalaciones. Destacan en este sentido las
Comunidades Autónomas de Andalucía y Castilla – La Mancha.
Asimismo, existen líneas específicas de ayudas en muchos municipios
españoles, como los dirigidos al cambio de antiguas calderas de carbón por energías
más limpias, donde las instalaciones de biomasa tienen un importante mercado.
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Existen otros tipos de incentivos como los denominados “certificados
verdes”, aunque no son lo suficientemente conocidos en España todavía.
El certificado R.E.C.S. (Renewable Energy Certificate
System) es un sistema voluntario de certificación fiable y económico que
tiene como objetivo promover las fuentes de energías renovables en el ámbito
internacional.
Según este sistema, un organismo independiente emite un
certificado por cada KW/h producido, una vez que verifica que el mismo procede
de fuentes renovables. Ese KW/h se puede vender y comprar en el mercado eléctrico.
Los certificados emitidos permiten evidenciar que una parte de la energía producida
por una determinada empresa eléctrica procede de fuentes renovables.
En España se han realizado pruebas piloto de emisión de
certificados hasta el año pasado, como en otros países europeos, y el sistema
comenzará a funcionar en breve. Actualmente, participan en el sistema AENOR,
como órgano de representación en foros internacionales, Red Eléctrica
de España, que es el organismo que emite los certificados, y las empresas eléctricas
Endesa Energía, Iberdrola Generación y Unión Fenosa Generación.